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Obligaciones y Compromisos del RAP

El Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), como institución supervisada tendrá las siguientes obligaciones, comprometiéndose a su fiel observancia:

  • 1

    Informar debidamente al usuario sobre las condiciones especificas de los servicios y productos financieros que ofrecen.

  • 2

    Promover los recursos humanos, físicos y tecnológicos para que en la oficina principal, sucursales y agencias se brinde una atención eficiente y oportuna al usuario financiero, que maximice la calidad de los servicios y productos financieros.

  • 3

    Permitir al usuario la consulta gratuita y por los canales que la institución supervisada establezca, con relación a: Estado de sus cuentas, créditos, servicios y productos, incluyendo la información que la institución supervisada reporta a la Central de Información Crediticia (CIC).

  • 4

    Contar con una Página Web con información de interés para el usuario, incluyendo los derechos y deberes de estos.

  • 5

    Disponer de los medios electrónicos y controles idóneos para brindar eficiente seguridad a las transacciones, a la información confidencial de los usuarios financieros y a las redes que la contengan.

  • 6

    Colaborar oportuna y diligentemente con la CNBS y otras autoridades judiciales y administrativas en la recopilación de información y la obtención de pruebas en los casos que se requieran.

  • 7

    No requerir nuevamente al usuario financiero, información que previamente fue entregada a la institución supervisada, sin perjuicio de la obligación del usuario financiero de mantenerla actualizada.

  • 8

    Atender y dar respuesta oportuna a las solicitudes, quejas o reclamos formulados por los usuarios financieros, siguiendo los procedimientos establecidos.

  • 9

    Cumplir con lo dispuesto en las normas y procedimientos específicos emitidos en la CNBS en materia de transparencia y protección al usuario financiero.

  • 10

    Las demás provistas en la Constitución de la República de Honduras, Leyes, reglamentos, normas y las que se deriven de la naturaleza del contrato celebrado por los servicios o productos prestados con los usuarios financieros.

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