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Historia

Fue creado en el año 1991 bajo el Decreto Legislativo No. 167-91 en el contexto de la Ley del Fondo Social para la Vivienda (FOSOVI), para administrar el fondo que se constituye con las aportaciones y cotizaciones de los trabajadores de las empresas del sector privado que tuvieran 10 o más empleados. Es decir, que inició como un departamento funcional dentro del FOSOVI, conociéndose como RAP-FOSOVI.

En el año 1993, la empresa privada determinó que el fondo administrado por el RAP-FOSOVI, al tener un origen de orden privado, debían ser administrados por los representantes de los aportantes a dicho régimen, en forma independiente del Fondo Social para la Vivienda (FOSOVI). Mediante el Decreto Legislativo No. 53-93, el RAP se separó del FOSOVI, se conformó el Consejo Directivo, pasó de ser una institución sujeta al derecho público a estar bajo el derecho privado y comenzó a ser supervisada por la Superintendencia de Bancos del BCH.

Como resultado, nace el RAP como institución privada, captando y administrando las aportaciones de trabajadores y patronos como recursos independientes y separados del patrimonio del FOSOVI, Así mismo, los trabajadores cotizantes adquieren el derecho de retirar las aportaciones patronales y salariales en el momento oportuno, de acuerdo con las disposiciones establecidas por el Consejo Directivo.

Después de operar por casi veintidós (22) años sin una ley propia, el RAP logra la aprobación del Decreto Legislativo No.107-2013, conocido como ¨Ley del RAP”, que fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 6 de septiembre de 2013. Este nuevo marco legal establece de forma definitiva el carácter privado del RAP, defiéndelo como una institución sin fines de lucro que administra recursos de naturaleza privada, con personería jurídica de duración indefinida y patrimonio propio, que brinda beneficios y servicios financieros a sus afiliados para alcanzar su bienestar presente y futuro. También establece mecanismos idóneos para la promoción de la inclusión financiera, basados en las mejores prácticas a nivel internacional.

Con la aprobación de la Ley Marco del Sistema de Protección Social (Decreto No. 56-2015), publicada el 17 de julio de 2015 en el Diario Oficial La Gaceta, se faculta al RAP a recaudar y administrar bajo el sistema de Cuentas de Capitalización Individual (CCI), todas las captaciones de recursos para el Régimen de Cuentas Individuales Previsionales, el Régimen de Cobertura Laboral y el Ahorro de Aportaciones Voluntarias. Esto abre una nueva ventana de oportunidad para que el RAP continúe apoyando a sus afiliados en todas sus necesidades financieras.

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