Es determinado como la tasa que iguale el valor de los pagos efectuados por el usuario financiero con los fondos recibidos, es decir, como aquella tasa que iguala los pagos netos del crédito a cero. Es expresado en términos efectivos anuales y en tanto por ciento con dos decimales.
COMUNICADO: AMPLIACIÓN A LAS DISPOSICIONES RELACIONADAS A LA CARTERA DE REDESCUENTO
Publicado el: 4 junio, 2020